¿Qué tipo de baja quieres tramitar?
Baja definitiva de vehículos y traslado al desguace
NUESTRO SERVICIO
La baja definitiva es un trámite que se realiza cuando consideramos que el vehículo ha llegado al final de su vida útil.
Otros tipos de bajas en la DGT
TRÁMITE EN JEFATURAS O SEDE ELECTRÓNICA
Existen diversos tipos de solicitudes relacionadas con la baja de un vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) que deben gestionarse directamente en esta entidad.
Cambio de vehículo por otro más moderno
Automóvil averiado que no se va a reparar
Coche declarado como siniestro total
En cualquiera de estos casos, la baja definitiva permite que el vehículo deje de existir administrativamente y, por tanto, deje de generar cargas o impuestos.
Según la normativa actual, las bajas definitivas deben ser tramitadas por los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos CATV, y esto es posible siempre que el vehículo no haya generado un precinto administrativo debido a las deudas pendientes.
En Desguaces.net colaboramos con los C.A.T. más prestigiosos de España para llegar a casi cualquier rincón del territorio nacional, encargándonos de que el vehículo sea descontaminado, destruido y reciclado según marca la ley.
Actualmente no trabajamos con motocicletas o ciclomotores, pero podemos hacer la gestión de cualquier turismo, furgoneta, todo terreno o vehículos industriales ligeros inferiores a 3500 kg de MMA.
Para solicitar nuestro servicio de retirada de vehículos al desguace y bajas definitivas en la Dirección General de Tráfico (DGT), únicamente tienes que contactar con nosotros y te informaremos de la documentación que tienes que facilitarnos para que podamos hacer el trámite de manera totalmente gratuita.
Solicita la retirada y baja de tu coche
Baja temporal de un vehículo
Baja definitva por exportación
Baja definitiva de coches inexistentes
En Desguaces.net queremos que obtengas el servicio que necesitas, y por ello, hemos recopilado alguna información sobre el resto de modalidades de baja a las que podrías optar.
Baja temporal de un vehículo
Este tipo de bajas permiten que el vehículo deje de generar impuestos durante un periodo de tiempo determinado, durante el que tendrán prohibida la circulación. Los casos más comunes en los que se suele acceder a este tipo de baja son:
Ampliar detalles sobre la baja temporal
Una vez tramites este tipo de baja, será retirado el permiso de circulación y es muy importante que tengas en cuenta que puede considerarse fraudulenta si el vehículo se destruye sin ser entregado en un desguace, puesto que está pensada para que el vehículo vuelva a darse de alta y a circular en un periodo de tiempo cercano.
Así mismo, te invitamos a pensártelo dos veces si vas a tramitar este tipo de baja para quitar piezas del vehículo, puesto que, para gestionar una baja definitiva, es imprescindible que el vehículo esté completo, y podrías encontrarte con un escollo importante a la hora de solicitar el servicio, viéndote obligado a proporcionar tú mismo los medios que lo hagan llegar a las instalaciones del CATV más cercano.
La baja temporal únicamente debe ser usada en casos en los que se espere circular con el coche de nuevo y ha de renovarse cada año, siendo automática la situación de alta en caso de no solicitar su prórroga.
Puedes ver más sobre esta gestión en la web oficial de la DGT: Baja temporal de vehículos.
Baja definitiva por exportación o traslado del vehículo a otro país
Si por cualquier motivo has de cambiar tu país de residencia y te vas a llevar contigo el vehículo, la baja definitiva por exportación es el trámite adecuado para ti. De esta forma el coche causará su baja en el Registro español de la DGT.
La baja definitiva por exportación podrá ser realizada directamente en cualquiera de las Oficinas de Tráfico, o bien a través de un Gestor Administrativo especializado en vehículos y estas son algunas de las situaciones más comunes por las que se solicita:
Ampliar detalles sobre la baja por exportación
¡Cuidado! Si el vehículo tiene precinto administrativo o existe cualquier otra limitación sobre el mismo, no se podrá completar con éxito la solicitud. Los precintos y limitaciones de disposición inscritas en el Registro de Bienes Muebles han de ser previamente cancelados. También se podrá aportar el consentimiento expreso de la financiera para efectuar la baja.
Si el país de destino no pertenece a la UE y el vehículo tiene más de 4 años de antigüedad desde su primera matriculación, se deberá de tener en vigor la inspección técnica (ITV). Una vez realizada la baja, el automóvil ha de abandonar el país en un plazo de 90 días. De lo contrario será rehabilitado de oficio por Tráfico.
Puedes ver más sobre esta gestión en la web oficial de la DGT: Baja por exportación
Baja definitiva de vehículos inexistentes
En nuestro departamento de atención al cliente recibimos numerosas consultas relacionadas con este tipo de gestión y es que, en la actualidad, hay miles de vehículos que no existen materialmente desde hace más de 10 años y que todavía siguen dados de alta en los registros de la Dirección General de Tráfico (DGT), generando impuestos y otras preocupaciones a su propietario.
Por este motivo, la DGT ha habilitado un nuevo procedimiento a través del cual es posible obtener la baja definitiva de un vehículo que se encuentre en esta situación, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Ampliar detalles sobre bajas de vehículos inexistentes
El trámite podrá ser realizado presencialmente en cualquier Jefatura de Tráfico o de manera electrónica a través de Internet. Para el procedimiento online será necesario contar con certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve.
Consulta el Modelo de declaración jurada que deberás adjuntar a tu solicitud para acreditar la inexistencia del vehículo y descárgala si lo necesitas ¡Haciendo clic en el enlace anterior!
Para la baja definitiva de vehículos agrícolas, debes aportar el documento acreditativo que atestigüe la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) y autorizar a la Dirección General de Tráfico (DGT) a realizar las consultas oportunas en esta misma entidad.
Si al revisar la solicitud electrónica, la DGT encontrase algún problema, te enviarán un correo para indicarte lo que debes subsanar y los documentos que deberás de aportar para completar los inicialmente aportados.
El trámite para vehículos con una antigüedad superior o igual a 15 años es gratuito, mientras que en el resto de situaciones se deberá de adquirir la tasa 4.1, por un valor de 8,67 €. Puedes obtener más información en la página web oficial de la DGT: Baja de vehículos que no existen.